CCOO de Industria | 20 abril 2024.

CCOO denuncia que los servicios mínimos que fija el Ministerio de Industria atentan contra el derecho de huelga de la plantilla de SLCA

  • La empresa, propiedad de Repsol y BP, facilita combustible a los aviones de una veintena de aeropuertos. Se enfrenta a un calendario de huelgas parciales que arranca el 28 de octubre y termina en febrero

Sin duda, la gran acogida que las huelgas convocadas por CCOO y UGT están teniendo entre los trabajadores y trabajadoras de Servicios Logísticos de Combustible de Aviación (SLCA) no es ajena a la decisión de la Subdirección General de la Energía Eléctrica de enviar la relación de servicios mínimos el 21 de octubre y dar 72 horas para hacer alegaciones. El Ministerio de Industria dificulta enormemente a los dos sindicatos la posibilidad de tratar adecuadamente una propuesta que busca impedir el derecho de huelga de la plantilla.

25/10/2016.

CCOO de Industria recuerda que en diciembre de 2009 la Audiencia Nacional ya declaró la nulidad de los servicios mínimos que se establecieron en términos idénticos a los de esta huelga, porque consideraba que carecían de motivación y justificación suficiente. Ahora no permite conocer los motivos por los que se establecen y, aunque determina unos criterios genéricos, no explica por qué se aplican en cada aeropuerto.

A pesar de estas dificultades, la huelga sigue adelante por la arrogancia de la dirección de la empresa. Servicios Logísticos de Combustible de Aviación incumple el convenio colectivo vigente, vulnera las obligaciones de información, consulta y participación que recoge el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales; desprecia permanentemente a los representantes de los trabajadores y trabajadoras y practica continuas arbitrariedades y discriminaciones en la organización del trabajo. Además, SLCA incumple las resoluciones de la Inspección de Trabajo y sabotea los acuerdos que se firmaron el 12 de febrero para evitar el conflicto.

La propuesta de los trabajadores y trabajadoras para evitar la huelga fue clara: acordar un sistema objetivo de asignación de turnos y cuadrantes que cumpla con la normativa y que se pueda vigilar y controlar, tal y como lo establece el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores. La plantilla también reclama finalizar la evaluación de riesgos psicosociales en toda la empresa y aplicar las medidas preventivas necesarias; acordar los procedimientos para ejercer los derechos de información, consulta y participación y, por supuesto, alcanzar un compromiso para cumplir la legislación sin necesidad de acudir continuamente a la autoridad laboral.