CCOO de Industria | 25 abril 2024.

Se reconoce el derecho al cobro del transporte en la asistencia a citas de la mutua

    El artículo 2 de la Orden TIN 971/2009 de 16 de abril reconoce este derecho, y desde la Secretaria de Salud Laboral de Industria de CCOO en Madrid, queremos hacer constancia del derecho que tienen los trabajadores y trabajadoras de ser compensados por los gastos de transporte que originen las citas en las Mutuas para realizar el seguimiento de las bajas por contingencias comunes en los primeros 365 días de baja y de las contingencias profesionales.

    16/06/2017. CCOO Industria de Madrid

    Es fundamental la citación por escrito y la reclamación de los gastos que nos ocasionen dicho desplazamiento, ya que es un derecho nuestro que las Mutuas de AT y EP suelen argumentarnos que no sin base jurídica.

    Dado el seguimiento que nos realizan las mutuas cada vez más exhaustivo y constante es imprescindible ejercitar nuestro derecho de ser citados por escrito y reclamación de los gastos de desplazamiento ocasionados.
    Para mayor aclaración adjuntamos carta de la Conferederación por este asunto.