CCOO de Industria | 27 abril 2024.

No arranca con buen pie el abono de la subida salarial en la industria química: La patronal reduce el incremento a las personas de reciente incorporación

  • CCOO de Industria advierte de que pondrá en marcha conflictos colectivos y demandas judiciales allí donde se pretenda absorber y compensar la subida del 10,3%

La patronal FEIQUE emitió hace unos días una circular en la que aseguraba que los salarios de las personas que habían sido contratadas en una empresa química entre 2021 y 2023, se incrementarían forma proporcional a los años que llevaban trabajando. La posición de CCOO de Industria es clara. No cabe trocear las subidas según el año de entrada, porque el incremento es el mismo para todas las personas. 

22/01/2024. CCOO de Industria
En el sector trabajan trescientas mil personas

En el sector trabajan trescientas mil personas

Los sindicatos y la patronal firmaron hace unos días las tablas del salario mínimo garantizado (SMG), tras aplicar una subida del 10,3%. Ahora que toca aplicar correctamente el incremento en las empresas de la industria química, surgen los primeros problemas. FEIQUE emitió el viernes un comunicado en el que afirma que, para las personas contratadas entre 2021 y 2023 con un salario superior al SMG, la subida será proporcional a su año de entrada. CCOO de Industria cree que esta interpretación no se sostiene y tan solo obedece a presiones internas de las empresas para minimizar el impacto.

A su entender, la redacción del convenio es clara y nítida. La desviación entre los incrementos pactados durante su vigencia (2021-2023) y el IPC acumulado de los tres años, se aplica sobre la masa salarial bruta de diciembre de 2023. Dado que la subida se aplica desde el 1 de enero de 2024, no cabe trocear las diferencias entre lo pactado y el IPC anual, según el año de entrada. La cláusula de garantía opera al final de la vigencia, con un porcentaje único de incremento para todas las personas.

Así pues, al ser un sistema retributivo de masa salarial, el texto del convenio establece con toda su contundencia que no es posible la absorción y compensación de esta subida con otros conceptos salariales, cualquiera que sea su denominación. La regularización del 10,3% se aplicará en todos los conceptos salariales a los que se aplicó el incremento salarial de 2023.

Si se asienta el criterio de FEIQUE en las empresas, se estaría cuestionando y debilitando el sistema retributivo mediante masa salarial que se estableció en el convenio en 1980. 

Ante la importancia del tema, en aquellas empresas que pretendan absorber y compensar la subida del 10,3% a las personas de nueva incorporación, CCOO pondrá en marcha las medidas que considere oportunas, como conflictos colectivos y demandas judiciales. El sindicato estudiará y valorará si es posible interponer un conflicto sectorial estatal, para que las personas de nueva incorporación tengan los mismos incrementos que el resto de la plantilla.

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